Derechos de propiedad del seguro obligatorio y de los beneficios y usos de servicios del cuidado de la salud en el sistema general de seguridad social en salud de Colombia(1993-2003)

  1. RAMÍREZ MORENO, JAIME
Dirixida por:
  1. Vicente Caballer Mellado Director
  2. Liliana Alejandra Chicaíza Becerra Co-director

Universidade de defensa: Universitat Politècnica de València

Fecha de defensa: 07 de abril de 2006

Tribunal:
  1. Ismael Moya Clemente Presidente/a
  2. M. Natividad Guadalajara Olmeda Secretario/a
  3. Agustín Rivero Cuadrado Vogal
  4. Francisco Reyes Santías Vogal
  5. J. David Cabedo Semper Vogal

Tipo: Tese

Teseo: 133851 DIALNET

Resumo

La reforma sectorial de salud de Colombia, fue el producto de un amplio proceso de consensos y conflictos; se inicia con la definición de la seguridad social como un servicio público bajo la coordinación y dirección del Estado, incorporado en la Constitución Política de 1991 y se estructura legalmente, con la configuración del Sistema General de Seguridad Social en Salud mediante la aprobación de la ley 100 de 1993, La presente Tesis presenta diversos niveles de análisis de economía neoinstitucional. En un primer nivel se internalizan los derechos de propiedad pública, comunal y privada como reglas económicas, sociales y políticas en la estructura interna de las instituciones de la seguridad social Colombiana. En un segundo nivel se describen y analizan los intercambios de derechos de propiedad y sus principales consecuencias en la transformación de las relaciones entre principales-agentes en el contexto de las instituciones y los mercados de los servicios de salud. En el tercer nivel de estima, a través de modelos logísticos, las formas de asignación y apropiación de los conjuntos de derechos de propiedad del seguro obligatorio y de los beneficios de uso de servicios del cuidado de la salud en el sistema y se realiza un análisis comparativo de desigualdades de derechos para la población, de acuerdo con distintas categorías económicas, sociales, demográficas y laborales; probando que las reglas de derechos de propiedad no aplican el principio de igualdad y que por el contrario tienden a reproducir, y en algunos casos a disminuir, las desigualdades económicas y sociales existentes, configurando un sistema de pluralismo segmentado no convergente.